La resaca prolongada de la crisis económica-financiera, más importante de la historia según han llegado a afirmar importantes economistas, ha dejado un mercado herido por los casos de fraude y la desconfianza generalizada, todo ello hace que las miradas apunten al sector de la auditoría, pues es en la labor de los auditores de cuentas en la que confían la sociedad, las empresas y las instituciones.
La revitalización del sector de la auditoría, ahora que la economía empieza a recomponerse, y a que los últimos cambios normativos, han reactivado el mercado de la auditoría, no son pocos los que también miran con buenos ojos la auditoría como un buen ámbito en el que hacer carrera profesional.
Cada convocatoria para el examen de acceso al ROAC arrastra a más de mil aspirantes ávidos de acceder a la profesión, y de contar con la autorización para ser auditor de cuentas en España. Y es que los datos son reveladores, el sector ya cuenta con cuatro mil auditores ejercientes y con más de mil sociedades de auditoría, emplea a más de diez mil trabajadores y la facturación superó en 2015, los 630 millones de euros.
Hoy por hoy, contar con la inscripción en el ROAC es, además de un logro profesional y personal incalculable, una garantía de futuro laboral. Consulta este enlace para más información sobre el examen ROAC.
Para ejercer la actividad de la auditoría en España como ROAC auditores, se requiere estar inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) y para ello debes cumplir:
Para que el ICAC te autorice debes reunir las siguientes condiciones:
Entonces, además del resto de requisitos y condiciones, deberás de acreditar que has trabajado 8 años dentro del área contable o financiera de una empresa, y siempre en tareas relacionadas con el control de cuentas anuales y estados financieros, pero dentro de éstos, al menos 5 años (8.500 horas), tienen que haber sido con un auditor de cuentas autorizado para el ejercicio en España o cualquier Estado miembro de la UE en tareas y trabajos de auditoría, obviamente.
De estas horas que trabajes con el auditor de cuentas (que él debe declarar al ICAC), no pueden desviarse a otros trabajos relacionados con auditoría más del 20%, y es preceptivo que al menos el 50% se realicen con posterioridad a la enseñanza teórica.
Vienen establecidos en el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Auditoría que se puede consultar aquí, y desarrollados por la Resolución del ICAC de 12 de junio de 2012 que puedes consultar aquí.
Deberás haber trabajado 3 años (5.100 horas) dentro del área contable o financiera y siempre en tareas relacionadas con el control de cuentas anuales y estados financieros, pero dentro de éstos, al menos 2 años ó 3.400 horas, tienen que haber sido trabajadas con un auditor de cuentas autorizado para el ejercicio en España o cualquier Estado miembro de la UE en tareas y trabajos de auditoría.
No se pueden haber desviado a otros trabajos relacionados con auditoría más del 20% de las horas, y con carácter general deberán ser posteriores a la enseñanza teórica seguida, es decir, no te admitirán más de 425 horas que hayas realizado antes, ni más de 850 horas durante la enseñanza.
El examen auditor consta de dos fases:
Sólo la primera fase es dispensable, y para ello el ICAC publicó otra Resolución el 12 de junio de 2012 en la que desarrolla todo los tipos de dispensa en cursos de enseñanza teórica, según el caso. Los requisitos para evitar tener que pasar por la primera fase del examen, los puedes consultar aquí.
La segunda fase es inevitable, y si quieres ser auditor tienes que demostrar tu aptitud profesional para su aplicación práctica y para ello tendrás que resolver supuestos prácticos. Recuerda que ahora estás en la fase práctica, no es un examen de contabilidad, ni de legislación ni, incluso, de auditoría.
Pero ¡no tienes por qué preocuparte! Con una adecuada y oportuna preparación para el examen podrás inscribirte en el ROAC y ser auditor ¿Quieres saber cómo? Pregúntame en el siguiente enlace.